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Los artistas podrán seguir cotizando durante los periodos de inactividad

De acuerdo con un Real Decreto aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, los artistas de espectáculos públicos podrán seguir cotizando a través del Régimen General de la Seguridad Social durante aquellos periodos de tiempo en los que no estén activos. Además, las mujeres embarazadas o en período de lactancia tendrán también la correspondiente cobertura. De igual manera, el IVA de los servicios prestados por intérpretes, artistas, directores y técnicos se ajusta al 10%, en lugar del 21% en vigor hasta la fecha. Este Real Decreto comienza a desarrollar las recomendaciones que se incluían en el Estatuto del Artista, un documento que se empezó a consensuar en tiempos del anterior gobierno del PP, hasta su respaldo final el pasado mes de septiembre, con el apoyo de todos los partidos. Además, este Real Decreto establece un plazo de seis meses para que el Ejecutivo apruebe la compatibilidad de la pensión de jubilación con la creación artística remunerada y el cobro de derechos de autor.